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Justicia falla a favor de demanda civil por abuso sexual en Talca
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21 de abril de 2025

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Justicia falla a favor de demanda civil por abuso sexual en Talca

El juez Nelson Lorca del Primer Juzgado de Letras de Talca acogió una demanda civil contra ex sacerdote y Obispado de Talca por daño moral

En una sentencia de 76 páginas firmada por el juez, Nelson Lorca, del Primer Juzgado de Letras de Talca, se acogió una demanda civil de indemnización de perjuicios por daño moral en contra de un ex sacerdote y del obispado de Talca por responsabilidad extracontractual, tras un caso de abuso sexual de un menor de 14 años.

Luis Arriagada, quien entre los años 2014 y 2015 -cuando ocurrieron los hechos, según acreditó la justicia penal- ejerció como sacerdote en un barrio de la zona urbana deTalca, donde se contactó con una familia que tenía dos hijos, uno de ellos, con participación activa en la parroquia.

Luis Arriagada fue condenado a la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo que cumplió bajo la modalidad de libertad vigilada especial con supervisión. Además, se le prohibió perpetuamente ejercer oficios o profesiones que lo mantengan en contacto directo con menores.

Junto con dar por acreditada la responsabilidad del ex sacerdote en cuanto al daño moral causado a la víctima y su familia, el juez llegó a la misma conclusión respecto al obispado. El fallo estableció una indemnización total $260.000.000.

"No puede soslayarse que incluso antes del ingreso al seminario del demandado Arriagada, ya existían algunos antecedentes que permitían adoptar las medidas necesarias", destaca el fallo.

En la parte resolutiva, se condena a Arriagada y al Obispado a pagar indemnizaciones específicas para cada miembro afectado.

A la fecha, tanto los demandantes como las dos partes demandadas presentaron recursos de apelación y el expediente se encuentra listo para ser remitido a la Corte de Apelaciones. Los demandantes buscan aumentar la indemnización total a $320.000.000 atendiendo al daño moral demostrado en el juicio civil.



Fuente:
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