Seremi del Trabajo insta a cumplir feriado irrenunciable el 25 de diciembre
La autoridad regional recordó el alcance de la normativa del feriado irrenunciable para el comercio los días 25 de diciembre y 1 de enero, instancia que rige para los trabajadores y trabajadoras del sector comercio y que asegura el descanso durante estas fechas.
“Si los empleadores no cumplen con la normativa de feriados irrenunciables, enfrentarán multas que pueden llegar hasta 20 UTM, dependiendo del tamaño de la empresa y del número de trabajadores afectados. Esto significa una sanción económica importante por no respetar los derechos laborales”, dijo Maribel Torrealba.
De acuerdo con la Ley 19.973, los trabajadores del comercio tendrán que estar fuera de su lugar de trabajo a las 20:00 horas del 24 de diciembre y hasta las 06:00 horas del 26 de diciembre, y a las 20:00 horas del 31 de diciembre y hasta las 06:00 horas del 2 de enero de 2024.
Son considerados como trabajadores del comercio todos aquellos que laboran en un establecimiento de tal naturaleza y cuyas funciones se relacionen con el expendio o venta directa al público de las mercaderías o productos que en ellos se ofrecen.
Se exceptúan del feriado obligatorio e irrenunciable del 25dediciembrede2024 y
Fuente: Diario Talca Crónica